En efecto,
cabe considerar que la planificación nacional a través de lo
establecido en los tres apartados anteriores a éste (medidas de
coordinación de los PHC, solución de posibles alternativas que aquéllos
ofrezcan, y previsión y condiciones de las transferencias de
recursos), viene a establecer una planificación del uso del recurso
que resulta obligatoria y que puede dar lugar a modificaciones del
uso del recurso que afecten a los aprovechamientos ya existentes,
destacando expresamente los de abastecimiento de poblaciones y regadíos.
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